Un acuerdo judicial con Francia

Las decisiones judiciales permiten medir la fortaleza del Estado de derecho y el grado de desarrollo de la cultura jurídica de los países. Las sentencias que emanan de un Poder Judicial independiente generan confianza en la sociedad por su fuerza persuasiva y por el respeto a sus doctrinas. Los fallos deben ser claros, precisos, predecibles y coherentes en la argumentación que exponen para sustentar la aplicación del derecho.

La magistratura francesa es ejemplo de sentencias bien escitas y con argumentos coherentes. La influencia y prestigio de la jurisprudencia de ese gran país ha sido legendaria. El maestro José Mélich Orsini, en sus clases del doctorado en derecho de la Universidad Central de Venezuela, nos recomendaba estudiar doctrina italiana y leer jurisprudencia francesa. Siempre destacaba el esplendor, riqueza conceptual y poder estilístico de las sentencias galas.

Para fortalecer la claridad y expresión lingüística de las sentencias francesas, la Corte de Casación de ese país aprobó la publicación de la Guía de las nuevas reglas relativas a la estructura y redacción de las sentencias (2019), sobre cuyas bondades me referí en otra oportunidad. Se trata de disponer de una guía de estilo para uso obligatorio de jueces y abogados con el propósito de que el lenguaje jurídico sea claro y sencillo. (La profesora Ana Irene Vidal publicó un valioso estudio sobre esta materia en el Boletín N° 161 de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales).

Esta guía de estilo prohíbe las interminables citas que caracterizan la jurisprudencia venezolana, al tiempo que recomienda el manejo mesurado de las referencias doctrinales. Se patrocina la oración montada sobre el sujeto, el verbo y el predicado. La frase subordinada debe usarse con prudencia. Los párrafos deben ser numerados y con una sola idea que sirva de transición de un párrafo al siguiente. Se combate la repetición, la verborrea, el pleonasmo y las contradicciones argumentativas. El uso del adjetivo debe usarse con moderación, porque el “adjetivo, cuando no da vida, mata”, como decía Vicente Huidobro.

Una decisión cumple con el mandato de la guía de estilo cuando, al ser traducida a un idioma extranjero, pueda ser entendida con facilidad. Esto es importante, porque en la vida global es posible que una decisión venezolana se tenga que ejecutar en otro país de idioma distinto. Ese juez extranjero debe estar en capacidad de entender el sentido y alcance de la sentencia que ha sido traducida. De no comprenderla, por lo enrevesada y mal escrita, no ordenará su ejecución.

Lo que ocurre actualmente en nuestro país merece atención. Las sentencias son muy largas porque, entre otros defectos, se copian textualmente los escritos de las partes. Estos suelen ser también innecesariamente extensos. Igualmente se transcriben jurisprudencias y doctrinas que las más de las veces se refieren a asuntos diferentes. En este sentido, el Código de Procedimiento Civil señala que las sentencias deben contener: “Una síntesis, clara, precisa y lacónica de los términos en que ha quedado planteada la controversia, sin transcribir en ella los actos del proceso que constan en autos”. Esto se ha convertido en letra muerta. Es mucho más fácil copiar mecánicamente extensas jerigonzas que hacer el esfuerzo de resumir con claridad el asunto sometido a decisión.

La degradación del lenguaje ha ido en paralelo a la constante politización de la justicia y al progresivo deterioro de las libertades constitucionales. La situación de hoy es muy distinta a lo que ocurría en Venezuela al comienzo de la democracia. En los años sesenta, setenta y ochenta nuestras decisiones eran referencia en muchas áreas, porque eran bien escritas y bien razonadas. Ahora ocurre todo lo contrario.

¿A qué se debe esta situación? Hay muchos factores que explican lo descrito. Uno elemental: el estudiante de derecho viene con deficiencias formativas del bachillerato. Mala ortografía, dificultades expresivas, desconocimiento de las reglas gramaticales necesarias para expresar clara y organizadamente las ideas. Estas fallas no son atendidas con eficiencia en las facultades de derecho. Posiblemente un estudiante de quinto año de la carrera padezca de estos defectos del lenguaje, los cuales no se corrigen durante sus años de estudio de pregrado.

Debido a lo anterior, pienso que una contribución dirigida a mejorar la situación descrita sería, y con el apoyo de las Escuelas de Letras, enseñar lingüística en el primer año de la carrera de derecho y añadir un taller de expresión oral y escrita. De esa manera, los estudiantes podrían adquirir destrezas lingüísticas y expresivas que mejorarían la claridad y coherencia de los escritos jurídicos. Es una tarea que compete a las universidades, colegios de abogados, academias y a la sociedad civil.

Por otra parte, la Escuela Nacional de la Magistratura puede tomar las medidas necesarias para resolver este problema. Y por ser un asunto de Estado, se debe aspirar a la excelencia, sin sectarismos políticos ni dogmatismos ideológicos. Y todo con el objetivo de elaborar una guía de estilo judicial para que el lenguaje jurídico sea claro, breve y preciso.

Es conveniente celebrar un acuerdo con el Poder Judicial francés para que apoye a la Magistratura venezolana en la preparación de cursos sobre la técnica de redacción de los fallos judiciales. En esta faena no se pueden excluir las universidades, las academias y los gremios. Sería fácil lograrlo con el señor Romain Nadal, el vigoroso y carismático embajador de Francia en nuestro país.

Estamos ante un asunto vital para el futuro judicial de Venezuela.

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