Omar Estacio Z.: “Bonny” Cepeda y Maduro en 1.000 caracteres

Nuestra tragedia compatriota no da para para chistes. Pero “Cepeda” se defendió, al decir que su confesión de haber recibido contantes y sonantes, US $ 60 mil, fue por, tontear, bromear, para hacerse el cómico

El cronista, no se aventura  a opinar, cuál sería el más abominable de los siguientes escenarios.

Que entre, Nicolás Maduro, por una parte, y por la otra  Fernando Antonio Cruz (a) “Bonny Cepeda”, dominicano, residente a medio tiempo en Puerto Rico, músico, en plena megacrisis humanitaria que atraviesa Venezuela, nos hubiesen malversado a los venezolanos, in unitatis et solidaritatis, US$ 60,000.00, cobrados por Cruz a Maduro, por cantar en su fiesta de cumpleaños, NOV 23, 2020.

 O que no. Que al contrario del escenario número uno, Maduro, no le habría pagado al artista, un centavo, por lo que el show privado para el cual fue traído a Venezuela, fue gratuito, pro-bono, por camaradería, compinchismo, o por ideales (¿?) compartidos porque, nadie, a cambio de nada, viaja ida y vuelta, seis o siete mil millas, gasta en pasajes, miembros de la orquesta, instrumentos de cuerda y viento, hoteles, comidas, viáticos, molestias en aeropuertos.

Cabe acotar, antes de proseguir que, las incriminaciones contra Maduro y la hecatombe socioeconómica que ha desencadenado su desgobierno, son clamor universal, con decibeles más agudos en, EE. UU. y en el ámbito hispanoparlante. Persona alguna, -menos todavía, los  protagonistas de tal francachela- podría argüir el consabido “yo no sabía”; que desconocía el entorno en medio del cual tuvo lugar la bochornosa celebración y el prontuario del anfitrión.

https://www.dea.gov/press-releases/2020/03/26/nicolas-maduro-moros-and-14-current-and-former-venezuelan-officials

Los delitos contra los DD. HH., trascienden el ámbito territorial del país donde se perpetran. Que violaciones de tal calado se hayan consumado en Venezuela no es óbice, para que su onda expansiva, haya rebasado las fronteras locales.

La normativa de Naciones Unidas, contiene numerosos ejemplos. Toda persona, a escala mundial, por mencionar algo que atañe al caso de autos, sin importar su nacionalidad, residencia o paradero, tiene el derecho y la obligación -subrayamos esta última palabra- de promover y proteger la integridad de  los derechos humanos y las libertades universalmente reconocidas (A/RES/53/144 8 de marzo de 1999 sobre la base del informe de la Tercera Comisión A/53/625/Add.2)

https://www.ohchr.org/Documents/Issues/Defenders/Declaration/declaration_sp.pdf

 Quiere decir que, ustedes amables lectoras, amables lectores, el cronista incluido, no solo tenemos la potestad sino, también, la obligación,  al menos en teoría, de denunciar la masacre de las tortugas de Madagascar, sin importar que seamos venezolanos, que no tengamos residencia, en la mencionada nación insular y que los quelonios no sean hombres ni mujeres, puesto que, la protección del medio ambiente, incluidas las especies marinas, se tienen por derecho humano de 3ª  generación.

Otra cosa es, la jurisdicción nacional, ante la cual, pueden ejercerse esas acciones de tutela ¿Cuantos muertos, menos, a causa del COVID-19 se hubiesen registrado, en Venezuela, si en lugar de pagarle US $ 60 mil, a “Cepeda”, “Bunny” o Cruz se hubiesen invertido esos dólares en restañar, aunque sea, la infraestructura hospitalaria de Venezuela devastada por el nefando Maduro? ¿Cuantas vacunas contra el virus pudieron haberse comprado con ese dineral? Tal distracción de fondos podría configurar atentado contra los derechos a la salud y, en consecuencia, contra la vida de mis compatriotas, que no son de 3ª sino derechos humanos, de primerísima generación. Con efectos de granada fragmentaria procesal, porque al explotar, autoridades de diferentes países, en lo criminal, civil, comercial, de DD HH., migratorias, pueden avocarse y emitir ramilletes de sanciones.

Uno o varios venezolanos. O uno o varios activistas de DD. HH., chinos, burundeses, esquimales, del archipiélago de Tonga, desde la comodidad de sus respectivos hogares, en Caracas, Miami o en cualquier confín muy remoto, no solo  podemos, sino que estamos obligados, según los ya transcritos principios de NN. UU. a denunciar como lo hacemos en la presente crónica, pero denunciar también, digamos, ante la Unidad Contra Violadores de Derechos Humanos y Crímenes de Guerra ( HRVWCU por sus siglas en inglés) del gobierno de EE. UU., División de Investigaciones de Seguridad Nacional (NSID, igual por sus siglas en inglés), los pormenores del citado cumpleaños, a través del teléfono o las direcciones electrónicas siguientes:

https://www.ice.gov/investigations/human-rights-violations-war-crimes

https://www.ice.gov/webform/ice-tip-form

 

 +1 (866) DHS-2-ICE (866-347-2423).

Opino que  por Internet, es la mejor vía. Planillas de denuncias en inglés y en español. Ver política de privacidad por el https://www.ice.gov/site-policies.  El relato de las violaciones de los DD HH., debe ser veraz y no exceder los mil caracteres. Me consta que en tal espacio caben, holgadas, bien fundadas, sendas narraciones de delitos aberrantes.

Nuestra tragedia compatriota no da para chistes. Pero el señor “Cepeda” o Cruz, expresó en reciente entrevista por la TV.  que sí; que en efecto, había confesado en una entrevista previa, que Maduro le pagó, contantes y sonantes, sus US $ 60 mil, pero que lo hizo por tontear, bromear, para payasear un poco, para hacerse el cómico. Habría que preguntarle a los deudos de los muertos a causa de nuestra incuria hospitalaria, cuántas carcajadas les arrancó tal bufonada.

No hay ángulo desde el cual se minimice, la gravedad de este asunto. Lo decíamos al comienzo. Ir a cantarle, gratis o pro bono, -segundo escenario- a un prófugo por narcoterrorista, corrupto, torturador, asesino, lisiado moral y mental, que inmediatamente después de acribillar estudiantes, se exhibe por TV., como bailarín de salsa, podría acarrearle al cantor, la clasificación de extranjero indeseable -copio a la letra-  “que respalde o defienda la actividad terrorista o persuada a otros para que respalden o defiendan la actividad terrorista o apoyen una organización terrorista” (8 USC 1182: Inadmissible aliens. Association with terrorist organizations), con las consecuencias subsiguientes.

Los agraviados venezolanos, tenemos el derecho y (quizás) la obligación de causarles, esos disgustos.

@omarestacio   

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