Validación de partidos políticos a discrecionalidad del CNE: la necesidad de regulación en las reformas electorales

Validación de partidos políticos a discrecionalidad del CNE: la necesidad de regulación en las reformas electorales

La participación de las organizaciones con fines políticos en elecciones, a juicio de expertos electorales, ha quedado bajo la completa discrecionalidad del Poder Electoral en Venezuela. De allí que se señale que se desconocen los criterios legales para aprobar o no la admisión de algún partido para que pueda postular candidaturas, como quedó evidenciado con las presidenciales del 28 de julio. 

Tal “desorden” llevó a la necesidad de regular la validación de las organizaciones con fines políticos en la normativa electoral, con criterios claros, haya sido planteada ante la comisión de diálogo de la Asamblea Nacional (AN) de 2020 que aborda las reformas electorales prometidas por el chavismo para antes de que culmine el segundo período de sesiones (15 de diciembre). 

Igual están a la espera muchas otras propuestas como la representación proporcional, la paridad de género, la actualización del Registro Electoral, entre otras, que puedan pasar el filtro de la mayoría del chavismo  y lograr ser incluidas en los cambios. 

Los objetivos del chavismo

Con respecto a los partidos políticos, el presidente de la AN de 2020, Jorge Rodríguez, trazó un objetivo claro al anunciar el proceso  de reformas: que los partidos políticos no puedan postular “fascistas” para cargos de elección popular. 

El objetivo ya quedó plasmado en el artículo 9 de la sancionada Ley Bolivar que castiga  a quienes soliciten o se considere promuevan sanciones internacionales contra el gobierno de Nicolás Maduro, con el impedimento de optar por cargos de elección popular. Lo que se espera sea reforzado en los cambios a las leyes de Procesos Electorales (Lopre) y Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones. 

El diputado de 2020 e integrante de la comisión de diálogo, Aníbal Sánchez (El Cambio) ha alertado que el proceso de reforma está paralizado, por cuanto la instancia no ha vuelto a ser convocada desde principios de noviembre, cuando culminó una consulta nacional sobre los cambios, por lo que pone en duda que las modificaciones a la normativa electoral estén listas antes de que finalice 2024. Sin embargo, le preocupa que al igual que sucedió con la Ley Bolivar, el chavismo saque otra carta bajo la manga.

¿Qué ha pasado con los partidos en las últimas elecciones? 

El Movimiento al Socialismo (MAS), Generación Independiente (Gente), Convergencia y el Partido Unión y Entendimiento (Puente) no pudieron postular candidaturas en las elecciones presidenciales del 28 de julio porque sus tarjetas quedaron invalidadas ante el Consejo Nacional Electoral (CNE). 

El ente comicial no ofreció explicaciones sobre la medida pero se conoció extraoficialmente que se tomó en cuenta la votación obtenida en los comicios regionales de 2021, es decir, que al ser menor al 1% en el caso de dichas organizaciones, quedaron fuera. Sin embargo, Somos Venezuela, organizacion progobierno, sacó 49.000 votos en las elecciones regionales de 2021 y no fue inhabilitado por el ente comicial.

Segun el artículo 25 de la Ley Partidos Políticos, las organizaciones nacionales, renovarán en el curso del año en que comience cada período constitucional, su nómina de inscritos en el porcentaje del 0,5% para su constitución. Ademas, los partidos que hubieren obtenido en las elecciones nacionales 1% de los votos emitidos, sólo tendrán que presentar una constancia de la votación que obtuvieron, debidamente certificada, por el respectivo organismo electoral. Esta norma se aplicará igualmente para los partidos regionales. 

La medida que afecto al MAS también había perjudicado al Movimiento por Venezuela (MPV) de Simón Calzadilla, pero posteriormente y como “fruto” de negociaciones, se le permitió participar y postular la candidatura del opositor Edmundo Gonzalez Urrutia.  

Dicha decisión, sumada al hecho de que a la tarjeta de la MUD se le permitió, también por negociaciones, postular candidaturas en los comicios de 2021 y 2024, pese a que fue invalidada en 2018 por incurrir en doble militancia, reflejaron el uso de “criterios políticos” a la hora de decidirse la participación de los partidos en comicios. 

 “El criterio para ilegalizar o validar partidos políticos para la elección presidencial del 28 de julio fue realmente desastroso, porque el CNE mezcló criterios que nunca quedaron claros. Aplico la votación previa, en otros casos aplico procesos de relegitimación, en otros simplemente una decisión administrativa que nunca se explico”, señaló el director de Votoscopio, Eugenio Martinez. 

Para entonces el MAS señalo desconocer la resolución del CNE sobre su inhabilitación para las presidenciales así como procedimiento alguno que lo llevo a tomar la decisión. En el mes de abril, la tolda naranja anunció su apoyo a la candidatura presidencial de Edmundo Gonzalez. Se dijo extraoficialmente que se ofrecio la inclusión de la tarjeta a cambio de que apoyara a otro candidato, lo cual fue rechazado. 

Martinez recordó que no fue un problema exclusivo del 28 de julio sino que se viene arrastrando desde el ano 2016, cuando se cambió, via Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la norma sobre relegitimación de partidos políticos. 

El TSJ cambió todo en 2016

Ese ano, el TSJ ordenó al CNE que regulará la verificación de la nómina de inscritos de las organizaciones con fines políticos, implementando mecanismo de seguridad electrónica e informática, como las captahuellas, sobre la verificación de las firmas de los inscritos en los partidos políticos. 

El maximo tribunal establecio que solo procedia la renovación automática de la inscripción de un partido si habia logrado obtener 1% de los votos válidos emitidos el 6 de diciembre de 2015 (elecciones parlamentarias en las que gano la oposicion) en por los menos 12 de los estados.

Para entonces, los únicos partidos políticos nacionales que cumplieron con este supuesto fueron la MUD. y el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv). El proceso de validación, con muchos obstáculos para las organizaciones políticas tales como poco tiempo para recoger firmas,  surgido a partir de 2016, llevo a que de 67 existentes, solo quedaron 17; 12 organizaciones progobierno  y 5 de oposición. 

Entre las toldas eliminadas estuvieron Primero Justicia (PJ) y Voluntad Popular, que luego fueron intervenidas por el TSJ en 2020, junto a otras organizaciones políticas, para imponerles directivas afectas al gobierno nacional. Con ello, volvieron a incluir sus tarjetas en la boleta electoral desde las elecciones parlamentarias de ese ano. 

“A partir de 2016 se han realizado varios procesos de relegitimación, que hacen avances y retrocesos, se habilitan o se ilegalizan partidos políticos hasta que llegamos al esperpento administrativo del 28 de julio que fue mezclar diversos criterios para anular o validar partidos políticos. Fue un caso emblemático la anulación del MAS, siguiendo criterios diferentes a la validación de PJ, una vez entregado su control a Jose Brito y se le permitió participar en la elección presidencial”, apuntó Martinez. 

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En la Mesa de diálogo de la AN de 2020 se ha planteado la necesidad de regular en la normativa electoral la validación de los partidos políticos con criterios claros

¿Cómo afecta la no publicación de resultados del 28 de julio?

Si el criterio empleado por el CNE fuera la votacion anterior, cada organizacion politica requeriria saber cuantos votos obtuvo en las presidenciales del 28 de julio. Si se toma en cuenta que Nicolas Maduro y Edmundo Gonzalez acaparon los votos, mas de una de las 37 organizaciones que participaron, deberian validarse para los comicios de 2025. 

A la fecha, el CNE sigue sin publicar las actas de votación ni los resultados desglosados de la elección presidencial. Si esto no ocurre de cara a los comicios de 2025 y si no se hacen las reformas, apunto, Sánchez, privaron los criterios políticos y la jurisprudencia del TSJ, así como las resoluciones del ente comicial al respecto.   

“Desde aspectos por ejemplo de no permitir la doble militancia, uso de captahuellas en la recolección de manifestaciones de voluntad y ese 1% de la votación que se le exigía a las organizaciones que participan para no tener que renovar al inicio de un nuevo periodo constitucional, sería sustituido por el haber obtenido al menos el 0,5% en unas 12 de las 24 entidades del país; quedando aún la duda si esto puede ser de forma complementaria en los casos que no se cumpla el requisito”, dijo Sánchez. 

Apunto que de cara a 2025, el CNE debe llamar a la constitución de nuevas organizaciones con fines políticas y hacer el sorteo para el servicio electoral (miembros de mesa) no más allá del primer trimestre del año, si corresponden elecciones municipales y regionales y parlamentarias, que Maduro ha propuesto, se hagan por separado a lo largo del ano. 

“Es contradictorio con la exigencia de que los partidos reciban de alguna forma un financiamiento, el tema de la regularización de un ecosistema de partidos que no lleva mucha atención porque demostraría debilidades y realidades de los actores políticos actuales”, agregó el diputado y experto electoral. 

A ciegas para 2025

Martinez recordó que el CNE ya no se rige solamente por la votación de los procesos previos para declarar vigente o no un partido político, sino que en otros casos aplica la votación de la ultima elección similar, por ejemplo parlamentarias con parlamentarias o solo toma decisiones “administrativas”  que obedecen a otros criterios. 

Para las elecciones de 2025 no hay ningún tipo de guía para saber cuales son los criterios que se usarán para validar o no la vigencia de la inscripción de los partidos políticos o cuales serán los criterios que se van a usar para la admisión de nuevas fuerzas políticas”, añadió Martinez. 

Desconoce si la comisión de dialogo tomara alguna decisión sobre este tema, pero en todo caso sostiene que hay que regresar a los criterios de antes de 2016 y aplicarlos bien, previa reforma de la normativa electoral.

Si una fuerza política deja de participar en dos procesos electorales consecutivos debería hacer su proceso de reinscripción ante el CNE y la ilegalización ocurrir si persiste en no participar en comicios. Si obtiene un porcentaje inferior al 1% del total de sufragios nacionales debe también renovarse. Lo recomendable es regresar, por lo menos, al orden medianamente lógico que existía hasta el año 2015 porque después de 2016 el proceso se volvió un desorden, no hay criterios claros sobre cómo se renueva la legalidad de los partidos, se inventó el tema de la doble militancia, en otras cosas”, cuestionó Martinez.

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