El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio anunció este martes la prohibición de juzgamiento de civiles en tribunales militares. En tal sentido, la autoridad judicial designada por la Asamblea Nacional electa en el 2015 insistió que el gobierno chavista debe abandonar dichos procedimientos en el país.

“La Sala Constitucional prohibió el juzgamiento de civiles por jueces militares, así como su nombramiento por parte del Ejecutivo”, expone.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) advirtió que entre el 1 de enero de 2014 y marzo de 2021, al menos 870 civiles fueron procesados por un tribunal militar. Por ende, exigió al Estado venezolano que abandone definitivamente el juzgamiento de civiles por la jurisdicción militar, una práctica que ha generado críticas entre la oposición.

El pronunciamiento se da después que el TSJ anunciara en marzo que avalaba el uso de la justicia militar para supuestas infracciones militares cometidas por civiles. En sentencia, fechada el 14 de diciembre de 2020, afirman que dicha jurisdicción se puede emplear para juzgar a un ciudadano común.

“(Este racionamiento) no responde al carácter absoluto que pesa sobre la prohibición de juzgar civiles ante la jurisdicción penal militar”, reza el comunicado de la Cidh.

TSJ en el exilio pidió a la AN 2015 un nuevo Código de Justicia Militar

Por otra parte, después de una acción propuesta por el abogado Carlos Ramírez López, el TSJ en el exilio subrayó que los juzgamientos contra civiles se dan en el marco del Código Orgánico de Justicia Militar. Sin embargo, el organismo jurídico afirmó que dicha legislación fue puesto en vigencia antes de la Constitución, “en franca contracción de la Carta Magna”.

“El abogado Carlos Ramírez López, quien entre otras anormalidades, denunció que el régimen de Nicolás Maduro viene designado jueces y fiscales militares; basándose en el citado código, cuyas normas están automáticamente derogadas a la entrada en vigencia de la Constitución”, expone el comunicado.

Por ende, el TSJ en el exilio sentenció la nulidad solicitada y precisó la prohibición del juzgamiento de civiles en tribunales militares. En ese sentido, ordenó a la Asamblea Nacional electa en el 2015 a sancionar un nuevo Código Orgánico de Justicia Militar. Esta legislación de ser “acorde con la Constitución venezolana vigente”.

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