Propuesta de “inhabilitación perpetua” es inconstitucional, advierten abogados

Propuesta de “inhabilitación perpetua” es inconstitucional, advierten abogados

En un iracundo discurso ante la plenaria, el presidente de la Asamblea Nacional (AN), Jorge Rodríguez, amenazó con la inhabilitacion política de por vida a quienes respalden la denominada “ley Bolivar”, aprobada por la Cámara de Representantes de Estados Unidos y en general las sanciones internacionales contra el gobierno de Nicolás Maduro. 

A dicha propuesta le puso el nombre de “ley especial Libertador Simón Bolívar contra el bloqueo» y contemplaría, de ser aprobada, la “inhabilitación perpetua”. Es decir, quienes resulten señalados no podrán volver a optar por cargos públicos en lo que le reste de vida. También contempla la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio (confiscación de bienes) y que las personas acusadas puedan ser juzgadas a distancia. 

Abogados constitucionalistas consultados por Efecto Cocuyo expresaron preocupación por el uso indebido que se le ha dado a las inhabilitaciones políticas en Venezuela, sin que medie el debido proceso y advirtieron que el planteamiento de Rodríguez “es inconstitucional”. 

“Ninguna sanción puede ser de por vida” 

Ninguna sanción puede ser de por vida. No hay en Venezuela ningún fundamento normativo, constitucional, de ningún tipo que pueda justificar esa propuesta”, sostuvo el decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), Juan Carlos Apitz

De allí que, subrayó, la cadena perpetua está prohibida y la condena máxima en Venezuela es de 30 años de cárcel. El artículo 44 de la Constitución establece en su numeral 3: La pena no puede trascender de la persona condenada. No habrá condenas a penas perpetuas o infamantes. Las penas privativas de la libertad no excederán de treinta años.

“La Constitución es muy clara, en el sentido de que en Venezuela no existen penas dirigidas a la vida completa de un ciudadano venezolano que transgrede la ley. La mayor pena que pueda comportar un ciudadano venezolano desde cualquier punto de vista es de 30 años. Nadie puede quedar inhabilitado para toda la vida, no es posible. Ese elemento vitalicio transgrede el espíritu de la Constitución. Estaríamos en presencia de una norma inconstitucional”, recalcó igualmente el abogado Gustavo Manzo. 

La pena accesoria no puede ser superior

En todo caso, aclaró Manzo, la sanción deberá atenerse al máximo de 30 años señalado en la Carta Magna como pena máxima, por lo que sus efectos no pueden prolongarse más allá.   

Durante la defensa de su propuesta, Rodriguez citó el artículo 65 de la Constitución: “No podrán optar a cargo alguno de elección popular quienes hayan sido condenados o condenadas por delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones y otros que afecten el patrimonio público, dentro del tiempo que fije la ley, a partir del cumplimiento de la condena y de acuerdo con la gravedad del delito”.

Desde su óptica, quienes apoyen sanciones internacionales contenidas en la Ley Bolivar  o impuestas por otros países o bloques regionales pueden ser sometidos a juicio y condenados a 30 años de prisión y como pena accesoria se aplicaría la “inhabilitación perpetua”. 

“Si la pena principal es una privativa de libertad que tiene un límite de 30 años, ¿cómo es que la pena accesoria, que es la inhabilitación política, va a ser mayor de 30 años?. Lo accesorio sigue la suerte de lo principal, principio básico del derecho. Si la pena principal es de 30 años, la pena accesoria debe ser de hasta 30 años.  Lo demás es forzar una interpretación de la Constitución que es absurda”, insistió Apitz.

Manzo enfatizó que una ley no puede reformar la Constitución en ese sentido y alertó sobre el peligro de que sea una normativa para condenar “a todo el mundo antes” de que se de un juicio que atienda al debido proceso y se produzca una condena. 

Atenta contra la libertad de expresión 

Rodriguez advirtió además que no quiere excusas en la elaboración del proyecto de ley que debe ser presentado para su primera discusión, ordenó, este jueves 21 de noviembre, para luego ir a segunda discusión y ser sancionada el martes 26 de noviembre. “No me importa si no se puede, se debe poder”, dijo. 

El diputado Carlos Mogollon preside la comisión especial designada para elaborar la propuesta de la normativa que quedó instalada este miércoles 20 de noviembre en el Palacio Federal Legislativo. Está acompañado de otros parlamentarios como Pedro Carreño, Tania Diaz, Iris Varela, Francisco Torrealba y José Gregorio Correa por la Alianza Democrática. 

Para ambos constitucionalistas, sancionar a una persona, que dado los antecedentes serán solo dirigentes opositores, por expresar una opinión sobre el tema de las sanciones, también es violatorio de la libertad de expresión, consagrada en el artículo 57 de la Constitución. 

Ninguna ley puede controlar los pensamientos y las expresiones de las personas, salvo que las expresiones violen conceptos de seguridad nacional o salud pública, ese es el límite que establece la Constitución nacional, el Pacto de San José y la Carta de las Naciones Unidas, pero las limitaciones no pueden ir más allá”, sostuvo Manzo. 

Rodríguez fue claro que con la otra ley Bolivar se castigará a quienes  “soliciten, aupen, celebren y pidan actos de agresión en contra de su propia tierra”, como calificó a las sanciones internacionales contra funcionarios venezolanos por socavar la democracia, violaciones de derechos humanos y corrupción, además de las aplicadas contra Pdvsa. 

“Esta es una propuesta no solo inconstitucional sino que luce más bien como una amenaza a los ciudadanos que expresen su opinión. Esta propuesta no es solo lesiva del principio constitucional que prohíbe la cadena o cualquier pena perpetua sino que va dirigida a restringir el derecho a la libertad de expresión”, añadió Apitz. 

Contra opositores 

“Hay que juzgar a Juan Guaidó, Julio Borges, Leopoldo López, María Corina Machado y Edmundo González y condenarlos por traición a la patria. Ya está bueno que ellos sigan creyendo que van a poder con nosotros”, dijo Rodríguez en la AN, para precisar que busca el chavismo con la nueva ley. 

Los dirigentes mencionados ya cuentan con inhabilitaciones para ejercer cargos públicos. Machado fue impedida de inscribir su candidatura presidencial para las elecciones del 28 de julio, por una sanción por 15 años que le impuso la Contraloría General de la República (CGR). La líder opositora denunció que jamás fue notificada del procedimiento ni se le permitió ejercer su derecho a la defensa. 

“De alguna manera se busca la reducción del campo político en Venezuela en cuanto a los personajes que se mueven en él, lo que implica una afectación de las libertades políticas, de los derechos civiles y políticos. Es un planteamiento (la propuesta de ley) que se pone en la línea de la violación de derechos humanos”, agregó Manzo. 

Como Machado, están inhabilitados diputados de 2015, otros dirigentes como Henrique Capriles (15 años), disidentes del chavismo y hasta 10 alcaldes por respaldar la candidatura de Edmundo Gonzalez el 28 de julio. Son más de 15 medidas de este tipo dictadas por la CGR en lo que va de 2024. 

Apitz resaltó que en casos de inhabilitación contra opositores no ha existido previamente una sentencia condenatoria de un tribunal penal por delitos de corrupción, como lo ordena el artículo 65 constitucional que leyó Rodríguez, sino que han sido actos administrativos de la Contraloría. Esto demuestra que son medidas para castigar a la disidencia política. 

“Lo que más preocupa de esta propuesta es quien va a calificar delitos de odio, traición a la patria, terrorismo, muy de moda en este gobierno que tiene secuestrado el Poder Judicial, incluido el Tribunal Supremo de Justicia” , apunto Apitz. 

The post Propuesta de “inhabilitación perpetua” es inconstitucional, advierten abogados appeared first on Efecto Cocuyo.

Compártelo:

Publicaciones relacionadas