El Poder Judicial y la seguridad jurídica constituyen asuntos prioritarios que deben formar parte del diálogo de México. De este problema dependen las inversiones extranjeras y el ambiente necesario para el desarrollo económico. Y para que el fruto sea fecundo es necesario rescatar al sistema de justicia de los intereses ajenos a lo jurídico. Para ello se requiere identificar las fallas para poder repararlas. La penetración de intereses políticos y grupales en el proceso de designación de jueces ha sido moneda de cuenta en las últimas décadas. Es un asunto de vieja data que no puede pasar inadvertido.
En este contexto no escapa la ausencia de una jurisprudencia confiable y predecible. No solo en los casos en los que aparecen los intereses políticos, sino en aquellas sentencias que implican un cambio sustantivo en materia jurídica, basadas en criterios extraños a nuestra tradición jurídica romano germánica. Todo esto ha contribuido a colocar a la magistratura venezolana en los últimos lugares en los índices que miden el Estado de derecho a nivel global que publica la organización World Justice Project. Esta situación tiene repercusión sobre las inversiones extranjeras y las garantías ciudadanas.
Aquí vale la pena referir una reciente decisión de la Sala de Casación Social en la que se separó de un criterio inapelable de nuestra doctrina y jurisprudencia sobre la personalidad jurídica de las sociedades. Según la opinión plasmada en esta sentencia, un poder otorgado por una sociedad mercantil queda revocado al momento de fallecer la persona natural que otorgó ese poder en nombre de dicha persona jurídica. Se trata de un ejercicio hermenéutico que contradice el principio según el cual las personas jurídicas realizan sus actuaciones a través de personas físicas, quienes actúan, no por sí mismas, sino en nombre de la persona jurídica. Este criterio ha sido cambiado de manera sorpresiva, lo que afecta la seguridad jurídica, porque no es posible saber cuáles son los límites de la interpretación que orientan las decisiones judiciales. No es la norma jurídica ni la doctrina ni la jurisprudencia ni las máximas de experiencia los fundamentos de la interpretación, sino otros criterios distintos y, las más de las veces, desconocidos por el foro venezolano.
La hermenéutica formalista y rígida que distorsiona la interpretación de la ley es un asunto relevante. Este problema nos lleva a otro aspecto íntimamente conectado con lo que pretendo decir: la elección de los jueces solo debe atender criterios objetivos, transparentes y constitucionales orientados a fortalecer una carrera judicial estable, afincada en los méritos intelectuales y éticos de los jueces.
En el mes de octubre tuve el privilegio de participar en un foro en República Dominicana con jueces y abogados de dicho país. El evento fue patrocinado por la Escuela Nacional de la Magistratura del país caribeño, que desarrolla una vigorosa y eficiente actividad en los programas de formación y actualización de sus jueces y magistrados. Un evento sin contaminación de intereses políticos y grupales. Los jueces ingresan al Poder Judicial por concursos. Luego deben actualizarse y alcanzan la estabilidad sobre la base de sus rendimientos. Resulta admirable el nivel de los funcionarios judiciales dominicanos. La mayoría con posgrados y con influencia de la cultura jurídica francesa, como la que imperó en Venezuela a finales del siglo XIX y durante los primeros setenta años del siglo XX.
Algunos pasos fundamentales para una reforma judicial en Venezuela son: En primer lugar, activar los concursos para ingresar a la carrera judicial. En segundo lugar, liberar a los jueces de controles políticos partidistas. En tercer lugar, diseñar programas de formación y actualización de los funcionarios judiciales. Y, en cuarto lugar, mejorar los beneficios económicos de todo el personal judicial que permita niveles de vida dignos. Nadie puede pretender erradicar la corrupción judicial si no se mejoran considerablemente las condiciones laborales de los funcionarios judiciales.
En el mismo sentido, debe desterrarse la figura del juez provisorio que ha sido una manera de ejercer control y sometimiento. La estabilidad de los jueces es una tarea pendiente. Es un deber insoslayable resolverlo si, en verdad, se quiere lograr la vida en paz y la seguridad jurídica.
Otro aspecto que hay que destacar es el de la predictibilidad de las sentencias judiciales. Una jurisprudencia consolidada no tiene ningún valor si quien la aplica está al amparo de vaivenes políticos y de intereses de grupos. No hay seguridad jurídica y el valor de la jurisprudencia como fuente del derecho pasa a ser letra muerta. La jurisprudencia no puede ser como una sastrería que confecciona decisiones a la medida.
No hay democracia sin independencia judicial. Esto, pese a que es un lugar común, no deja de reflejar una realidad. La independencia de los jueces no es solo un requisito para el balance de poderes, sino que es indispensable para garantizar la paz y tranquilidad de los ciudadanos.
El Poder Judicial venezolano no es autónomo y lejos de ser un garante de la justicia imparcial es, más bien, un obstáculo para el cambio político, económico, cultural y social que requiere nuestro país. Esto queda evidenciado en la judicialización de las cuestiones de naturaleza política, lo que le resta al sistema de justicia credibilidad, tanto nacional como internacionalmente.
La reforma judicial es parte de algo fundamental para el futuro de la vida nacional. No se trata de repetir el modelo de reparto a mansalva de la judicatura, sino de una selección sustentada en méritos con la mira puesta en la estabilidad democrática. Es una visión en el tiempo, un diseño judicial para producir un sistema de justicia que facilite la convivencia y el progreso. Más adelante, hay que plantearse la discusión sobre el cambio del sistema de gobierno: sustituir el presidencialismo autoritario por un sistema parlamentario, como el que han propuesto José Amando Mejía y Gerardo Fernández Villegas. Lo que se requiere ahora es acción para enfrentar un reto que afecta la confianza que los venezolanos deben tener en sus instituciones constitucionales.
Vale la pena reflexionar sobre todo esto para que las conversaciones de México sean útiles para unos y para otros.
https://www.analitica.com/opinion/la-reforma-del-poder-judicial-en-las-conversaciones-de-mexico/