El día 26 del mes pasado, el régimen recicló el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que ha tenido a sus pies. Que tenga ahora 20 en vez de 32 magistrados, de los cuales 12 son repitientes, fue la “reforma del sistema de justicia” prometida. La obediencia incondicional a las instrucciones que bajen del Palacio de Miraflores, seguirá siendo su posición numantina.
El principio de la independencia judicial es una consecuencia de la doctrina de la división de los poderes del Estado. Aún cuando desde la antigüedad se distinguía entre deliberación, mando y justicia, la concepción de la separación o división de los tres poderos estatales tiene un origen moderno. A Montesquieu se le ocurrió estudiar durante dos años (1729-1731), en el propio terreno, el funcionamiento de las instituciones inglesas. Al regresar a Francia, concibió y expuso en su obra “Del Espíritu de las Leyes” –apoyado en las observaciones que hizo, y más allá de éstas- su teoría general de la separación o división de poderes. Allí dice: “…Pero es una experiencia eterna qe todo hombre que tiene poder siente la inclinación de abusar de él, yendo hasta donde encuentra límites…Para que no se pueda abusar del poder es preciso que, por la disposición de las cosas, el poder frene el poder…Una constitución puede ser tal que nadie esté obligado a hacer las cosas no preceptuadas por la ley, y a no hacer las permitidas…Tampoco hay libertad si el poder judicial no está separado del legislativo ni del ejecutivo. Si va unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, pues el juez sería al mismo tiempo legislador. Si va unido al poder ejecutivo, el juez podría tener la fuerza de un opresor”.
De Montesquieu, la tesis de la división de poderes pasó al Derecho constitucional positivo y a inspirar las constituciones modernas, y, según Manuel García Pelayo, “lo que la caracteriza es su sentido de medio racional al servicio de la libertad”.
Aquí en Venezuela, la perversión del poder judicial comienza por la cúpula, por el TSJ. Los que lo integran flotan sobre la cresta de una violación del artículo 264 de la Constitución que se impuso a los venezolanos, que, textualmente, dispone que “los magistrados o magistradas del Tribunal Supremo de Justicia serán elegidos o elegidas por un único período de doce años”. Es sabido, que 12 de ellos están incursos de ser reos del no acatamiento delictual de esa norma. Además, los integrantes del máximo tribunal no fueron escogidos atendiendo a las calificaciones académicas, profesionales y de honorabilidad, sino sólo teniendo en cuenta su abierta inclinación a subordinarse a los úkases de los que tienen el mando usurpado. La ONG Foro Cívico, en comunicado público, “cuestiona el nombramiento tanto del nuevo TSJ como del Director Ejecutivo de la Magistratura y de la Inspectoría General de Tribunales porque no responden a la idoneidad e independencia judicial”. Como ha dicho el profesor de derecho constitucional Nelson Chitty La Roche, con la designación de los magistrados del TSJ, el régimen lo que ha hecho es “de nuevo ponerle la mano a la justicia de manera de asegurar el sesgo necesario para que se exhiba y se muestre siempre favorable para los líderes del Psuv”.
Bajo el paraguas de la ausencia de los concursos de oposición -alrededor del 70% son jueces provisorios- se tardó el nombramiento del TSJ debido a las laboriosas negociaciones internas para repartir cuotas entre las facciones del partido oficialista. Pero a estas facciones las une el propósito común de tener un poder judicial que mantenga más de 200 presos políticos por más de dos años privados de libertad sin justificación alguna. La inexistencia de la independencia judicial permite que se cometan impunemente violaciones de los derechos humanos y de las libertades públicas.
A nivel internacional, hay consenso de que la dictadura de Maduro escarnece a la democracia. La organización Amnistía Internacional, en su informe anual afirma que en nuestro país continúa “la política de represión” y que se somete “a intimidación, hostigamiento, agresiones y detención a defensores y defensoras de los derechos humanos, periodistas y activistas”. La Misión de la ONU de Determinación de los Hechos sobre Venezuela, ha informado que “las fuerzas policiales habían matado hasta marzo a más de 200 personas” y que “investigará las circunstancias de los homicidios y la participación de las FAES (Fuerzas de Acciones Especiales)”.
El régimen dictatorial de Nicolás Maduro está bajo investigación en la Corte Penal Internacional (CPI) por crímenes de lesa humanidad desde el año 2018, cuando la Fiscalía de la CPI inició un examen preliminar por la presunta comisión de esos crímenes, que después pasó a la fase de investigación formal. El Fiscal de la CPI, Karim Khan, informó a la Sala de Cuestiones Preliminares de la Corte que el gobierno de Maduro había solicitado el pasado 16 de abril que suspendiera las investigaciones y las dejara en manos de las autoridades venezolanas debido a que éstas supuestamente las está haciendo, y, por tanto, no procede la aplicación del principio de la complementariedad. El pasado 21 de abril, Karim Khan anunció que ha llegado a la conclusión de que no se ha presentado nueva información (por parte de Caracas) que justifique un cambio de actuación de la Fiscalía, por lo que, de acuerdo con el Estatuto de Roma, fundacional de la CPI, seguirá investigando los crímenes de lesa humanidad denunciados en Venezuela.
No estaríamos en el brete que estamos, si en Venezuela existiese una división de poderes que garantizara la independencia del poder judicial y, en consecuencia, un Tribunal Supremo de Justicia autónomo para sancionar delitos, como los de lesa humanidad, sin recurrir a los mecanismos pactados de la justicia internacional.
https://www.analitica.com/opinion/la-dictadura-tiene-su-tsj/