El asedio a la residencia de la embajada de Argentina en Caracas persiste y se acerca a las dos semanas. El mismo empezó la noche del sábado 23 de noviembre y se ha mantenido con cortes de agua intermitentes, así como cortes de electricidad y hasta obstrucción a la señal telefónica. Sin embargo, las autoridades venezolanas todavía no cruzan la última raya: ingresar a la sede diplomática y sacar a la fuerza a los seis venezolanos refugiados en el lugar.
Según el ministro de Relaciones, Interior, Justicia y Paz de Venezuela, Diosdado Cabello, es mentira que exista un asedio a la embajada de Argentina. No obstante, el testimonio de los refugiados en el lugar es contundente. Pero esta no es la primera vez que esta sede diplomática es asediada. Ya ocurrió algo similar en el mes de julio y otra vez en septiembre, la diferencia es que esos hechos duraron menos de 24 horas.
Las embajadas y oficinas diplomáticas son extensiones del territorio acreditante y tienen principio de extraterritorialidad únicamente en el ámbito jurídico y tras negociaciones con el Estado receptor.
«Hay que recordar que el territorio de las embajadas no es el del Estado de la embajada, que es un mantra que se suele repetir con mucha frecuencia», dijo el profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en la Universidad Pontificia Comillas, José Ángel López en una entrevista con la Radio Nacional de España (RNE).
¿Qué pasa si el gobierno de Maduro irrumpe en la embajada de Argentina?
De momento, y aunque pueda sonar incómodo para algunas personas, las autoridades venezolanas no tienen consecuencia alguna por las acciones en los alrededores de la embajada de Argentina, puesto que no ha habido una violación al espacio físico del edificio.
Según el artículo 22 de la Convención de Viena, firmada en 1961 y de la que Venezuela es parte, “los locales de la misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión”. Este acuerdo es el que regula lo referido a las oficinas diplomáticas en todo el mundo.
No obstante, dicho documento no ofrece penalidades o castigos si se incumplen con los artículos acordados. El artículo I del Protocolo facultativo sobre la jurisdicción obligatoria para la solución de controversias indica que podría recurrirse a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) si existen controversias “originadas por la interpretación o aplicación de la Convención”.
Las consecuencias serían más en otro tono. La irrupción de las autoridades venezolanas en la residencia de la embajada de Argentina marcaría un antes y un después en la nación, pero hechos como este han ocurrido en otros países sin mayores represalias internacionales.
Un ejemplo de otro tipo de consecuencias es lo que ocurrió entre Ecuador y México cuando el primero decidió entrar por la fuerza a la sede diplomática el pasado cinco de abril para detener al exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas. México, de inmediato, condenó el evento y cortó relaciones con Ecuador. El país norteamericano podría llevar este caso ante la Corte Internacional de Justicia para buscar algún tipo de reparación, aunque dicho proceso puede demorar meses y hasta años.
La Convención sobre el Asilo Diplomático
A los seis venezolanos que están bajo protección en la embajada de Argentina se les denomina como asilados diplomáticos, no políticos. La diferencia entre una y otra es que el asilo diplomático se otorga en las extensiones territoriales del Estado al que se le solicita. Es decir, embajadas, consulados o buques de guerra.
Según esta Convención, firmada en Caracas en 1954, “se entienden como casos de urgencia, entre otros, aquellos en que el individuo sea perseguido por personas o multitudes que hayan escapado al control de las autoridades, o por las autoridades mismas, así como cuando se encuentre en peligro de ser privado de su vida o de su libertad por razones de persecución política y no pueda, sin riesgo, ponerse de otra manera en seguridad”.
También se explica que, una vez otorgado el asilo por el Estado receptor, el Estado territorial (Venezuela) debería emitir cuanto antes los salvoconductos que permitan la salida del país a los solicitantes de asilo. Algo que ha sido solicitado por Argentina y por otros países, pero que ha sido ignorado por Nicolás Maduro.
¿Qué dijo el gobierno de Maduro cuando Ecuador irrumpió en la embajada de México?
El asalto de las fuerzas de seguridad ecuatorianas a la embajada de México fue un hecho que generó condenas a nivel internacional. Países de la región y de otras latitudes expresaron su rechazo a la acción del gobierno de Daniel Noboa.
Colombia y Bolivia convocaron de inmediato a una reunión de la Organización de Estados Americanos (OEA) y el Consejo Permanente de dicho ente aprobó, con 29 votos a favor, una resolución que condenaba la violación a la Convención de Viena.
Venezuela, como de costumbre, no se mantuvo al margen en este tema. El canciller Yván Gil expresó su rechazo al asalto y calificó a Jorge Glas como perseguido político. Además, advirtió sobre el posible resurgimiento de una época de “terror” para Ecuador al denominar la acción como neofascista. El propio Nicolás Maduro ordenó el cierre de la embajada venezolana en Quito y de los consulados en esa ciudad y en Guayaquil.
The post ¿Cuáles son las consecuencias del asedio a la embajada de Argentina en Caracas? appeared first on Efecto Cocuyo.