CNE convoca a solicitudes de nuevos partidos políticos y experto señala que eso “está al margen de la Ley” 

CNE convoca para solicitudes de nuevos partidos políticos y experto señala que “está al margen de la ley”

El Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó a los interesados en entregar las solicitudes de denominación provisional, en el ámbito nacional y regional, para la constitución (como primer trámite) de nuevas organizaciones con fines políticos, de cara a los próximos comicios parlamentarios y estadales convocados para el 27 de abril. 

A través de una circular con fecha 27 de enero, el ente comicial hizo la convocatoria vigente desde el martes 28 de enero hasta este jueves 30 de enero, en horario comprendido entre 9: 00 a.m. y 3:00 p.m. 

Los partidos con carácter nacional deben acudir a la Oficina Nacional de Participación Política, en la sede principal del Poder Electoral, en Plaza Caracas, mientras que los regionales, a las respectivas Oficinas Regionales Electorales (ORE), para entregar los recaudos. 

“Al margen de la ley”

“Esta comunicación es irregular, porque se enmarca en un proceso que no se ha iniciado formalmente. El CNE no ha convocado a la elección del 27 de abril. El hecho de haber anunciado en un medio de comunicación sobre el proceso, no significa que haya una convocatoria como tal. Conforme a ley es un acto que se produce en la Gaceta Electoral, sólo así tiene formalidad y efecto”, advirtió el asesor del CNE, Jesús Castellanos Vásquez.  

En declaraciones a Efecto Cocuyo, el experto electoral recordó que la convocatoria debe ir acompañada del cronograma electoral porque la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) lo ordena en su artículo 42. Desde que el CNE anunciara el pasado lunes 27 de enero, la fecha de los primeros comicios de 2025, no ha publicado dicho cronograma. 

Lo que estamos viendo es la generación de un evento (electoral) que está al margen de la ley. Además, tiene problemas importantes desde el punto de vista informativo, comunicacional y de transparencia, porque el portal oficial de todos los actos electorales (página web) todavía sigue inactivo, por lo que no se sabe en qué medio, los actores, que pese a todo, están interesados en participar, se pueden informar”. 

El CNE presidido por Elvis Amoroso, exhortó a los partidos políticos a cumplir con los artículos 41 y 42 del Reglamento Parcial de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones. 

El artículo 41 alude a la obligación de enviar al CNE, la documentación relativa a las modificaciones que efectúen en el acta constitutiva, programa de acción política; estatutos que se encuentren registrados ante el CNE; modificación de cualquier otro documento exigido para la constitución. 

Mientras que el artículo 42 establece la obligación de notificar al ente comicial la designación y cambios de autoridades de los partidos. 

“Los promotores deberán solicitar, en las oficinas mencionadas, el formato de solicitud de denominación provisional correspondiente”, finaliza el aviso oficial del CNE.

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