Sancionada reforma parcial de la Ley de Justicia de Paz Comunal: no pueden ser jueces los “traidores a la patria” 

Sancionada reforma parcial de la Ley de Justicia de Paz Comunal: no pueden ser jueces los “traidores a la patria” 

La Asamblea Nacional (AN) de 2020 sancionó la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de Justicia de Paz Comunal, como parte del paquete de leyes del llamado poder popular que se propuso aprobar la mayoría del chavismo antes de que culminara el ano. 

El instrumento legal contiene las normas de organización y funcionamiento de la llamada justicia de paz comunal como jurisdicción especial del sistema de justicia que busca resolver conflictos comunitarios entre personas naturales o jurídicas, familiares y los relacionados con el ámbito comunal en dichas instancias, mediante el arbitraje y la conciliación, en aras de preservar la paz y la convivencia. 

El artículo 4 sancionado establece la elección por voto popular de hasta tres jueces de paz, con sus respectivos suplentes que se escogeran entre los que no fueron electos por orden en la votación obtenida. 

No incurrir en fascismo y neofascismo 

En el artículo 18 se detallan los requisitos para desempeñar la función, entre ellas: ser mayor de 25 años, no estar sometido a condena mediante sentencia firme e inhabilitación política o administrativa, tener al menos tres años de residencia en el ámbito territorial para el cual es considerado, no pertenecer a la directiva de partidos políticos u organización sindical, ni ser vocero en el ámbito comunal, tampoco puede ser miembro de ningún cuerpo policial.   

“Mantener una conducta intachable y no incurrir en la promoción del odio, la intolerancia, la discriminación, traición a la patria, así como en posturas fascistas, neofascistas y expresiones similares y cualquier otra conducta que afecte los intereses de la nación o manifieste públicamente el incumplimiento o desacato de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes y demás acto que en ejercicio de su función, dicte los órganos del Poder Público que deshonren los símbolos de la patria y sus valores culturales o que cometan actos en contra de la protección de la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial y la autodeterminación”, leyo el diputado Pedro Carreño (Psuv) luego de una modificación del artículo 18, propuesta por la directiva del Parlamento. 

Las causales de traición a la patria, actuar contra los símbolos patrios, usar agentes extranjeros contra el país, fueron introducidos por el presidente de la AN de 2020, Jorge Rodríguez, quien pidió especificar cada una en el mencionado artículo para darle mayor contundencia a lo que se requiere para ser juez de paz comunal. 

Los conceptos de “fascismo” y “neofascismo” están también incluidos  en la Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones no Gubernamentales (falta promulgación), como causal de prohibición de registro, en la recién sancionada Ley de Comunas para revocar a voceros y ahora en la Ley de Justicia de Paz Comunal. Todo indica que también en la reforma de las leyes electorales, que promete el chavismo para antes del 15 de diciembre de 2024, para impedir que “fascistas” puedan ser candidatos en elecciones. 

Defensores de derechos humanos como Rafael Uzcátegui, de Laboratorio de Paz, alertan que ambos conceptos encierran nuevas y serias amenazas desde Miraflores contra la disidencia, como preparación a una etapa de “mayor represión”  a partir de enero de 2025, cuando advierten se instale un “gobierno de facto” en Venezuela

“Adecentar el Poder Judicial” 

“Esta ley será fundamental en el adecentamiento del Poder Judicial (…) No dejemos que se quede en la inaplicabilidad”, sostuvo Rodríguez tras someter a votación la normativa en la plenaria de este martes 12 de noviembre. 

Rodríguez también se opuso a que en el artículo 48 la justicia de paz comunal fuera desplazada por cualquier otro órgano de justicia que le pudiera impedir conocer sobre alguna causa o restarle su competencia. 

“Esta reforma de la ley de 2012 tiene que aplicarse y los diputados tienen que vigilar, aprobar la ley, hacer el reglamento, que no la vuelva inaplicable (…) está bueno que en los tribunales mande el billete, ya está bueno. Entonces, para evitar que aparezcan otros órganos jurisdiccionales por arte de magia debe decir el artículo: se entiende agotada la jurisdicción de la justicia de paz comunal cuando exista un pronunciamiento firme”, sostuvo. 

Entre las competencias de los jueces de paz, según el artículo 8, están conocer asuntos de naturaleza patrimonial si la valoración que le dan las partes no excede el equivalente a 1.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor publicada por el Banco Central de Venezuela al momento de la solicitud al juez; conflictos derivados de la aplicación de ordenanzas municipales; reglamentos de convivencia de Consejos Comunales; recibir denuncias en caso de violencia de género y conocer causas relacionadas con tenencia y protección de animales domésticos

De acuerdo con el artículo 20, es el Poder Judicial a través de la Escuela Superior de la Magistratura la que ofrece formación y capacitación inicial y permanente de los jueces de paz y en materia de derechos humanos. Los electos deben hacer la formación antes de tomar posesión del cargo. 

Una comisión especial parlamentaria fue creada el 25 de octubre de 2022 para revisar el entramado legal del poder popular que comprende 12 leyes, de las cuales según Rodríguez se han aprobado 10. En el paquete están las reformas a las leyes de Consejos Comunales, Contraloría Social, Planificación Pública y Popular, Sistema Económico Comunal, Economía Comunal, propiamente la Ley Orgánica del Poder Popular y ahora las leyes de las Comunas y Justicia de Paz Comunal, dirigidas a consolidar un  “estado comunal” que juristas han advertido que no está previsto en la Constitución.  

Vale acotar que la Ley de Ciudades Comunales aguarda por su segunda discusión desde 2021.

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