La representación proporcional —traducida en el justo equilibrio entre el número de votos obtenidos en elecciones y los cargos asignados en los cuerpos legislativos— sigue siendo una aspiración, manifestada por expertos y ONG, que han promovido reformas electorales en Venezuela, en aras de procesos comiciales más democráticos.
Que no se haya atendido ese principio es lo que ha hecho posible que tanto la oposición como el gobierno hayan arrasado en las elecciones parlamentarias de 2010, 2015 y 2020, dejando de lado a las minorías.
Aunque el contexto de las elecciones presidenciales del 28 de julio, con la denuncia de fraude electoral y la proclamación de Nicolás Maduro como ganador, no sea el idóneo, hay quienes proponen «colar» los cambios a la normativa electoral en el proceso convocado por la Asamblea Nacional (AN) con mayoría del chavismo.
“La representación proporcional no es más que un equilibrio que debe existir para que exista una justicia, o que podamos hablar de una justicia social, electoral. Es decir, lo justo sería que si una organización amarilla obtiene 30% de los votos de la manifestación de voluntades que se presentaron en ese proceso, en esa misma relación ellos pudieran obtener ese número de cargos en los distintos cuerpos colegiados”, ejemplificó el consultor electoral Aníbal Sánchez, quien participa en las discusiones en la AN de 2020.
El experto resalta que en una sociedad democrática debe haber respeto a las minorías que también implica pluralidad y respeto a las ideas de cada organización.
“Una determinada organización que debe representar los principios ideológicos a lo mejor de lo que es la ultraizquierda, la ultraderecha, de las personas que son mormones, de los que son conservadores, si ellos representan 10% de la población, ellos están en pleno derecho de sentirse representados en el 10% de los legisladores”, apuntó.
¿Qué dice la Constitución?
El artículo 63 de la Constitución nacional sobre el derecho al sufragio señala que la ley debe garantizar “el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”, algo a lo que a juicio de los expertos y partidos políticos, no se ha atendido.
El sistema mayoritario según el cual el ganador se lo lleva todo (se adjudican más cargos de los que corresponden por votación), permitió que en las parlamentarias de 2010, el Psuv obtuviera 59 % de los escaños de la AN con 48 % de la votación.
En 2015, al voltearse la tortilla ante el creciente descontento popular frente a las políticas del gobierno, la oposición alcanzó 67 % de las curules con 56% de los sufragios.
La brecha se profundizó en 2020, cuando el poder político convocó a parlamentarias con partidos políticos de oposición intervenidos y dirigentes inhabilitados políticamente, lo cual devino en que la oposición se abstuviera de participar en dichos comicios. T
ambién, con el aumento de poco más de 100 curules en disputa, así el Psuv obtuvo 256 diputados, la llamada Alianza Democrática 20 y el Partido Comunista de Venezuela (PCV) que ya había roto con el gobierno, sólo un diputado.
El aumento del número de cargos a elegir en las parlamentarias de 2020, trajo además sobrerrepresentación, es decir, más diputados de los que se deberían elegir para estados pequeños poblacionalmente como Amazonas, lo cual fue alertado en su momento por el Observatorio Electoral Venezolano (OEV).
Según la normativa especial dictada entonces por el Poder Electoral, facultado por el Judicial, pasando por encima del Legislativo, al voto nominal (el elector selecciona su candidato por nombre y apellido) se le tuvo que agregar diputados para ser igual al número de votos lista. Aparte, salió una lista adicional de 48 diputados por los cuales podían votar todos los venezolanos.
“Ellos partieron de una tesis errada, pensaban que al aumentar el número de cargos a elegir a la AN ibas a tener representación proporcional y esto no es correcto, porque a veces no es solo que tomes el número de cargos, es muy importante el sistema que utilices para la postulación y para adjudicar, cómo gana el orden en determinados circuitos o en determinada lista a determinados número de diputados o de concejales o de legisladores para que haya un equilibrio, todo eso se debe dejar desarrollado en la Lopre (Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre). ”, apuntó Sánchez.
¿Qué dice la Lopre?
El artículo 8 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) señala que para la elección de los integrantes de los cuerpos legislativos «se aplicará un sistema electoral paralelo, de personalización del sufragio para los cargos nominales y de representación proporcional para los cargos de la lista».
Previo a las elecciones parlamentarias de 2020, Acceso a la Justicia criticó que el TSJ facultara al CNE a modificar el sistema electoral paralelo y aumentar la cantidad de diputados en listas cerradas en detrimento de los diputados nominales.
“Debemos advertir que en el voto lista los electores no conocen a los candidatos que son postulados por el partido u organización política, pues es un sistema de listas cerradas (el elector no tiene otra opción que votarla o no), además de que el orden de los candidatos es invariable (lista bloqueada)”, señaló la ONG en un comunicado.
Con la derogación de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política y su sustitución por la Lopre, reformada en 2009 y vigente en la actualidad, se consideró que la AN de mayoría chavista y el TSJ legitimaron el método de las morochas ideadas en el año 2000 por el partido Convergencia para postular a los diputados lista con una tarjeta y a los nominales con otra tarjeta y así maximizar la adjudicación de cargos.
Esto, porque anteriormente se aplicaba un método de corrección para los casos en los que un partido ganara todos los cargos tanto nominales como por lista (la tarjeta del partido) en las elecciones parlamentarias.
El método consistía en restar los diputados nominales a los listas, de manera que si un partido obtenía 4 diputados nominales y 3 listas, se le asignaban los cuatro nominales y uno solo por lista para dar oportunidad a otras fuerzas políticas de obtener los cargos restantes.
“Yo creo que el tema de eliminar la incidencia que puedan tener los nominales sobre la lista fue un error, se lograba mayor equilibrio, mayor representación cuando se hacía la adjudicación con el método D’Hondt (dividir el número de votos obtenidos entre el número de cargos que existan para distribuir) modificado, pero como todo el mundo aprendió el truquito de presentar en morochas, lo que hay que ver es como en la legislación se regulan. Es decir, si yo presento con un partido amarillo los nominales y con un partido naranja las listas, simplemente en la ley debe decir que ningún partido podrá hacerlo y obligarlos a presentar nominales y listas con una sola tarjeta”, agrego Sanchez.
Aunado a ello, plantea el experto, aumentar el número de candidatos y que no solo sea 30% a repartir por representación proporcional sino que exista un número cercano a repartir, es decir, 50% por representación y 50% por personalización (nombre y apellido) e incluso, surge la propuesta de los legisladores adicionales en respeto a las minorías para que no se queden sin curules, obteniendo una menor votación.
Revisión de circuitos
Además de la representación proporcional para los cargos de lista, se ha propuesto la revisión de los circuitos electorales para que haya un mayor equilibrio.
“Con respecto a la personalización, tienen que ser candidatos que resulten ganadores por nombre y apellido de forma nominal en cada uno de los circuitos, eso significa que yo debo tener tantos circuitos como números de candidatos o de cargos a repartir, que obtengan en la forma de personalización, pero eso no ocurre así porque tengo un desequilibrio también en el número de candidatos que presento por los distintos circuitos, por eso hay que estudiar también el tema de la conformación de los circuitos, tiene que haber un equilibrio de cuánto representa cada uno de esos legisladores, eso hay que dejarlo desarrollado en la Lopre”, apuntó Sanchez.
Se aspira a que estos cambios entren en la reforma puesto que lo que hubo en 2020 fueron normas especiales dictadas por el CNE, facultado por el TSJ, producto de un acuerdo de la llamada mesa de diálogo con el gobierno (mesita) por lo que se promueve que esta vez sí sea incluido en la Lopre.
En cuanto al número de diputados, actualmente en 277, Sánchez indica que podría aplicarse el 1,1% de base poblacional previsto en el artículo 186 de la Constitución tanto para los nominales como para la representación.
“Esto nos estaría llevando para una AN de 181 más 72, parecida actual pero con un sistema de adjudicación distinto, es decir, no sería el método D’Hondt clásico sino modificado o el de redondeo”, añadió el experto, quien participa en la comisión técnica electoral que discute las reformas en representación del partido El Cambio, de Javier Bertucci.
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